jueves, 24 de diciembre de 2015

Feliz Navidad y Año Nuevo 2016, Amigos, Amigas, Familia!!!


FELIZ NAVIDAD Y AÑO 2016 PARA TOD@S;
Ante la presencia de la Navidad y un nuevo Año,
las inclemencias del clima y la soledad de la noche;
surgen las notas y las frases inconclusas 
que me llevan hasta ti ...

COMO OLVIDAR
la risa los llantos, la ira, el consuelo, el desconsuelo,
el dolor y la alegría que te produjo el saberte mía...

COMO OLVIDAR
El pesar, la duda, el sentimiento, la culpa, la desilusión
la pena y el sentir de saber que te perdía...

COMO OLVIDAR
los viajes, sin destino, en los coches
cuando durmiendo te miraba por las noches...

COMO OLVIDAR
Las noches de desvelo, de espera buscando aquel consuelo
que la vida al despertar te da sin duelo...

COMO OLVIDAR
Que un día te fuiste sin decir que fuiste mía...
ignorando el amor que te tenia...

COMO OLVIDAR...

CALF.


domingo, 13 de diciembre de 2015

Recorriendo Los caminos de la vida... Hasta encontrarte!!!

Los largos caminos de la vida son interminables, con entereza y paciencia se logra derrotar  las rutas del mal, las cuales al final del camino, solo pueden terminar en un desfiladero...
La búsqueda y localización  de personas desaparecidas tienen un inicio, un motivo y a veces ninguna razón de ser... , por lo que siempre debemos comenzar por los procedimientos formales y de allí partir a las redes sociales, y demás medios públicos de comunicación que sus ayudas resultan invaluables...

Los porcentajes de personas localizadas desgraciadamente no favorecen a las autoridades, generalmente se da a través de estos medios y con la ayuda de la sociedad conciente del dolor y tragedia de quienes hemos perdido un ser amado.

La fe y la esperanza nunca debe de perderse a pesar del cansancio y la desesperación, cuando menos se espera las pistas nos llevan a la solución del problema...
Seguimos en lucha y constante búsqueda.
A sus ordenes.
CALF

domingo, 6 de diciembre de 2015

3 Años de Gobierno EPN


Enrique Peña Nieto
08:26 a.m.

Para: antoniorosales21@hotmail.com
1 de diciembre de 2015.
Este día comienza la segunda mitad de mi administración al frente del Gobierno de la República. Hoy te escribo para darte las gracias.
Gracias por tu apoyo, gracias por tu respaldo a las instituciones, gracias también por tu crítica, que nos hace trabajar más duro y, sobre todo, gracias por tu esfuerzo diario en favor de México.
Como Presidente de la República, he tenido la gran oportunidad de recorrer el país y ser testigo del deseo de los mexicanos de superarse y salir delante.
México, lo creo firmemente, está destinado a ser una de las naciones más prósperas; de mayor bienestar para su gente; y un gran referente para el mundo.
Hoy nos toca definir, qué tanto vamos a contribuir para que ese México del futuro llegue lo antes posible.
¡Creamos en México, creamos en nosotros y en nuestra capacidad para ser mejores cada día!
Con ánimo renovado, con la energía e inspiración que ustedes me brindan, hoy inicio la segunda mitad de mi gobierno. Por ustedes y con ustedes, vamos a seguir transformando a México.

¡Muchas gracias!

Presidente Enrique Peña Nieto
Te invito a ver mi mensaje completo aquí:




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jueves, 12 de noviembre de 2015

ley de trata en sonora...


LEY DE PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA TRATA DE PERSONAS PARA EL ESTADO DESONORA TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto la prevención y combate de la trata de personas, así como la protección, atención y asistencia tanto a las posibles víctimas como a las víctimas del mismo, a fin de garantizar el respeto a la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad de las mismas. Esta ley se aplicará en el territorio del Estado de Sonora y sus disposiciones son de orden público e interés social. ARTÍCULO 2.- Las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, tienen la obligación de actuar con diligencia para perseguir y sancionar el delito de trata de personas, realizando las investigaciones y acciones necesarias para sancionar a los responsables, brindar atención y protección a las víctimas y prevenir la comisión del delito, mediante el desarrollo de programas permanentes. TÍTULO SEGUNDO DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL COMBATE A LA TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE SONORA CAPÍTULO I DE SU DENOMINACIÓN Y OBJETO ARTÍCULO 3.- EI Ejecutivo del Estado establecerá una Comisión que tendrá el carácter de permanente la cual se denominará Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas en el Estado de Sonora. ARTÍCULO 4.- La Comisión Interinstitucional tendrá por objeto coordinar las acciones de los órganos que la integran para elaborar y poner en práctica el Programa Estatal para Prevenir y Combatir la Trata de Personas, el cual deberá incluir políticas públicas de protección, asistencia y atención a las víctimas de la trata de personas, así como aquellas tendientes a la prevención y el combate del Estado frente a este delito. CAPÍTULO II ESTRUCTURA DE LA COMISIÓN ARTÍCULO 5.- La Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas en el Estado de Sonora, estará integrada por los titulares de las siguientes instituciones estatales o por los representantes que éstos designe para tal efecto: I.- Por el Poder Ejecutivo Estatal y de las instituciones siguientes; a) Secretaría de Gobierno; b) Secretaría de Educación y Cultura; c) Secretaría de Salud Pública; d) Secretaría Ejecutiva de Seguridad Pública; e) Secretaría de Desarrollo Social; f) Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano; g) Procuraduría General de Justicia del Estado; h) Comisión de Fomento al Turismo; i) Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado de Sonora; j) Instituto Sonorense de la Mujer; k) Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia; l) El titular de la Secretaría del Trabajo; m) Dirección General de Atención a Migrantes Internacionales; y n) Secretaría Técnica del Consejo Estatal de Población. EI Titular del Poder Ejecutivo podrá acordar la incorporación de otras dependencias o entidades para que formen parte de la Comisión. II.- Podrán participar en las reuniones de la Comisión Interinstitucional como invitados permanentes: a) Un representante designado por el Congreso del Estado; b) Un representante designado por el Poder Judicial del Estado; c) El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; d) Un representante designado por la Universidad de Sonora; y e) Un representante designado por el Colegio de Sonora. Los invitados anteriores, se establecen de manera enunciativa, lo que no impedirá que puedan invitarse o convocarse a otros por acuerdo de la Comisión. ARTÍCULO 6.- La Comisión Interinstitucional podrá invitar a que participen en sus reuniones para efectos consultivos, a representantes de organismos públicos autónomos y de organizaciones de la sociedad civil, así como expertos académicos vinculados con el tema de trata de personas. ARTÍCULO 7.- La Comisión Interinstitucional será presidida por el Gobernador del Estado o por quien éste determine. Las ausencias del Presidente se suplirán por el Secretario Técnico. ARTÍCULO 8.- La Comisión Interinstitucional designará de entre sus miembros, a su Secretario Técnico. EI Secretario Técnico durará en su encargo tres años, el cual podrá ser prorrogado por un término igual, por una sola ocasión. Todas las Instituciones que formen parte de la Comisión Interinstitucional estarán obligadas a proporcionar los informes o cumplir lo que se acuerde en la Comisión y que sea solicitado o comunicado por la Secretaría Técnica. ARTÍCULO 9.- Los titulares de las dependencias o los representantes designados para tal efecto, podrán designar por escrito a un suplente para que los represente en las sesiones. ARTÍCULO 10.- Los integrantes de la Comisión fungirán como vocales y tendrán derecho a voz y voto. Los invitados y quienes asistan para efectos consultivos, solamente tendrán derecho a voz. ARTÍCULO 11.- La Comisión Interinstitucional, para su mejor funcionamiento, además de las subcomisiones a las que hace referencia el artículo 16 de esta Ley, podrá organizarse en Subcomisiones permanentes o especiales por ejes temáticos, las cuales estarán a cargo de un Coordinador. ARTÍCULO 12.- EI cargo de integrante de la Comisión Interinstitucional o de las Subcomisiones será de carácter honorífico; los integrantes no recibirán ninguna remuneración adicional por los servicios que presten. CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN ARTÍCULO 13.- La Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas en el Estado de Sonora, deberá: I.- Elaborar y coordinar la ejecución del Programa Estatal para Combatir y Prevenir la Trata de Personas y Protección a sus Víctimas; II.- Desarrollar campañas de prevención en materia de trata de personas, orientadas de manera especial a niñas, niños y mujeres, que conlleven a la realización de acciones fundamentadas en la salvaguarda de la dignidad humana y el respeto a los derechos fundamentales; III.- Promover convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación con los Gobiernos de otras Entidades Federativas, así como con los Municipios del Estado de Sonora, en relación con la seguridad, internación, tránsito o destino de las víctimas del delito de trata de personas, con el propósito de protegerlas, orientarlas, atenderlas y, en su caso, asistirlas en el regreso a su lugar de residencia, así como para prevenir este delito y sancionar a quienes intervengan o participen en el; IV.- Dar seguimiento y evaluar los resultados que se obtengan por la ejecución de los convenios y acuerdos de coordinación; V.- Capacitar a los servidores públicos y la sociedad en general en materia de derechos humanos, promoviendo de manera particular el interés superior de los menores y la eliminación de la violencia contra las mujeres y niños, así como el conocimiento de los conceptos fundamentales e implicaciones de la trata de personas y de los instrumentos internacionales relacionados con la materia; VI.- Promover la investigación científica y el intercambio de experiencias entre organismos e instituciones a nivel nacional, incluyendo organizaciones de la sociedad civil, vinculadas con la prevención, protección y atención a las víctimas de la trata de personas; VII.- Informar a la población acerca de los riesgos e implicaciones de la trata de personas, las diversas modalidades de sometimiento en la comisión de este delito, así como los mecanismos para prevenir la comisión del delito y la revictimización de los afectados; VIII.- Informar y advertir al personal de hoteles, servicios de transporte público, restaurantes, bares y centros nocturnos, entre otros, acerca de la responsabilidad en que pueden incurrir en caso de facilitar o no impedir las conductas inherentes a la trata de personas, así como orientarlos en la prevención de este delito; IX.- Orientar al personal responsable de los diversos medios de transporte acerca de las medidas necesarias para asegurar, en especial, la protección de las personas menores de dieciocho o mayores de sesenta años de edad, indígenas, migrantes, mujeres, así como de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de quienes tienen alguna discapacidad, o que viajen solos a través del territorio del Estado; X.- Recopilar, con la ayuda del Consejo Estatal de Seguridad Pública y demás instituciones y organismos pertinentes, los datos estadísticos relativos a la incidencia delictiva en materia de trata de personas, con la finalidad de utilizarse en la toma de decisiones y para elaborar los contenidos de los programas en la materia. Dicha información deberá contener: a) EI número de detenciones, procesos judiciales, número de sentencias condenatorias en el que estén involucrados tratantes de personas y de quienes cometen delitos relacionados con la trata de personas en las diferentes modalidades; b) EI número de víctimas de trata de personas, su sexo, estado civil, edad, nacionalidad y modalidad de victimización y, en su caso, calidad migratoria; y c) Información relativa a las rutas, medios de transporte y modos de operar de los tratantes en el Estado; XI.- Elaborar un informe anual, el cual contendrá los resultados obtenidos en el Programa Estatal para Combatir y Prevenir la Trata de Personas y Proteger a sus Víctimas, el cual será remitido al Gobernador y al Congreso del Estado; XII.- Coordinarse con la Comisión Intersecretarial para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas, del nivel federal; XIII.- Integrar conforme a las atribuciones de sus miembros a las Subcomisiones Permanentes y a las Especiales; XIV.- Servir de órgano asesor y recomendar la realización de acciones a las dependencias y entidades de la administración pública Estatal; y XV.- Las demás que se establezcan en esta ley o en el Programa Estatal para la Prevención, Combate y Sanción a la Trata de Personas y Proteger a sus Víctimas. CAPÍTULO IV DE LAS SESIONES DE LA COMISIÓN ARTÍCULO 14.- La Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas en el Estado de Sonora, sesionará ordinariamente de manera cuatrimestral a convocatoria de su Presidente, y de manera extraordinaria cada vez que lo solicite el Presidente o a petición de las dos terceras partes de los miembros de la Comisión. Los acuerdos que se tomen en sesiones serán válidos cuando participen en ellas la mitad más uno de sus integrantes, quedando obligados los demás a su cumplimiento. CAPÍTULO V DE LAS SUBCOMISIONES ARTÍCULO 15.- Las Subcomisiones de la Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas en el Estado de Sonora, serán los grupos de trabajo integrados por los miembros de la Comisión que se conformen para realizar las acciones de prevención, protección y combate a la trata de personas. ARTÍCULO 16.- Serán Subcomisiones Permanentes de la Comisión Interinstitucional, las siguientes: a) Subcomisión de Atención y Protección a Víctimas; b) Subcomisión de Difusión; c) Subcomisión de Capacitación; d) Subcomisión de Enlace con la Sociedad Civil, Organismos no Gubernamentales y de Fortalecimiento de Participación Ciudadana; y e) Subcomisión Jurídica. Las atribuciones y competencia de cada una de las Subcomisiones, estarán establecidas en el reglamento de la presente ley. ARTÍCULO 17.- La Comisión Interinstitucional podrá crear Comisiones Especiales para la atención o seguimiento de asuntos que así lo requieran. ARTÍCULO 18.- Para la consecución del objeto de la presente ley, los integrantes de la Comisión Interinstitucional, podrán participar como miembros de más de una Subcomisión, en el ámbito de sus atribuciones. Los Coordinadores de las Subcomisiones podrán convocar a sus reuniones a los invitados de la Comisión Interinstitucional, así como a representantes de organismos públicos autónomos y de organizaciones de la sociedad civil, así como expertos académicos vinculados con el tema de trata de personas, para efectos consultivos. ARTÍCULO 19.- Las Subcomisiones, podrán reunirse mensualmente o cuando se les convoque por el Coordinador respectivo, para analizar los asuntos que deban exponerse en las sesiones ordinarias o extraordinarias de la Comisión. EI Secretario Técnico de la Comisión Interinstitucional, podrá convocar a los Coordinadores de las Subcomisiones, en cualquier tiempo, para el debido seguimiento de los acuerdos y trabajos encomendados. TÍTULO TERCERO DE LA POLÍTICA EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE VÍCTIMAS CAPÍTULO I DE LA PREVENCIÓN ARTÍCULO 20.- La Comisión Interinstitucional para la Prevención y el Combate a la Trata de Personas en el Estado de Sonora, fomentará las acciones tendientes a fortalecer la participación ciudadana, la responsabilidad social, la cultura de la denuncia y la prevención social del delito, para lo cual deberá: I.- Sensibilizar a la población mediante la divulgación de material referente a los derechos de las víctimas de trata de personas; II.- Adoptar y proponer la adopción de medidas legislativas, reglamentarias, educativas, sociales, culturales y de cualquier otra índole para desalentar la demanda que propicia cualquier forma de explotación relacionada con la trata de personas; elaborar estrategias y programas para evitar la comisión del delito de trata de personas, señalando las repercusiones que el delito conlleva; III.- Realizar campañas de información acerca de los métodos utilizados por los responsables del delito de trata de personas para captar o reclutar a las víctimas; IV.- Informar sobre los riesgos a la salud física y mental que sufren las víctimas de trata de personas; V.- Fomentar la participación ciudadana y la solidaridad, a fin de reducir los factores de vulnerabilidad de las personas; VI.- Promover la cultura de la denuncia como un factor indispensable en la lucha contra el crimen organizado, la impunidad y la aceptación social del delito; y VII.- Las demás que considere necesarias para la prevención del delito de trata de personas. ARTÍCULO 21.- Las políticas públicas, los programas y demás acciones que se adopten de conformidad con el presente capitulo incluirán, cuando proceda, la cooperación de organismos no gubernamentales y de la sociedad civil. ARTÍCULO 22.- La Comisión Interinstitucional, propondrá la adopción de medidas administrativas, legislativas y de cualquier otra índole, a fin de erradicar los factores de vulnerabilidad ante el delito de trata de personas, tales como la pobreza y la falta de oportunidades equitativas. ARTÍCULO 23.- La Comisión Interinstitucional fomentará el diseño, evaluación y actualización de los planes y programas de capacitación y formación de servidores públicos conforme a las siguientes reglas: I.- Proporcionar la capacitación y formación continua a los servidores públicos, con la finalidad de prevenir y atender el delito de trata de personas. Estas actividades estarán dirigidas, como mínimo, a todos los miembros de las instituciones del Gobierno Estatal vinculadas a la Seguridad Publica, Procuración y Administración de Justicia; II.- La capacitación y formación arriba señaladas incluirán los tratados internacionales suscritos y ratificados por México en materia de derechos humanos y trata de personas, así como la legislación nacional, estatal e internacional referente a la atención y protección de los derechos de niñas, niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, indígenas, migrantes, de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de quienes tienen alguna discapacidad; y III.- La capacitación y formación tendrán como principio rector el respeto a los derechos fundamentales de la víctima, el ofendido y el victimario. CAPÍTULO II DE LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS ARTÍCULO 24.- Las autoridades Estatales realizarán las acciones necesarias para identificar a las víctimas y posibles víctimas del delito de trata de personas, y adoptarán las siguientes medidas de atención y protección: I.- Proporcionarán orientación jurídica, asistencia social, educativa y laboral a las víctimas del delito de trata de personas. En el caso de que las víctimas sean extranjeros, pertenezcan a alguna etnia o comunidad indígena o hablen un dialecto o idioma diferente al castellano se designará a un traductor, quien le asistirá en todo momento; II.- Garantizarán asistencia material, médica y psicológica, en todo momento a las víctimas del delito, la cual según sea el caso, deberá ser en su lengua o idioma; III.- Fomentarán oportunidades de empleo, educación y capacitación para el trabajo a las víctimas del delito; IV.- Desarrollarán y ejecutarán planes y programas de asistencia, en los que se podrán contemplar la construcción de albergues para las víctimas de trata de personas, donde se les brinden las condiciones para garantizar el respeto a sus derechos fundamentales, así como alojamiento por el tiempo necesario, asistencia médica y psicológica, alimentación y cuidados, atendiendo a las necesidades particulares de las víctimas; V.- Asegurarán que la estancia en los albergues o en cualquier otra instalación sea de carácter voluntario, y que la víctima pueda salir del lugar si así lo desea; VI.- Facilitarán a la víctima, los medios necesarios para que ésta pueda comunicarse con cualquier persona; VII.- Brindarán orientación jurídica migratoria a las víctimas del delito que así lo requieran, facilitarán la comunicación con su representante consular y, en su caso, cooperarán en la repatriación de la víctima, otorgándole plena seguridad de sus derechos fundamentales; VIII.- Garantizarán que bajo ninguna circunstancia se albergará a las víctimas en centros preventivos o penitenciarios, ni en lugares habilitados para tal efecto; IX.- Proporcionarán protección, seguridad y salvaguarda de su integridad y la de sus familiares ante amenazas, agresiones, intimidaciones o venganzas de los responsables del delito o de quienes estén ligados con ellos; y X.- Proporcionarán asesoría jurídica respecto de los derechos y procedimientos legales a seguir; brindarán acompañamiento jurídico durante todo el proceso legal, en especial para exigir la reparación del daño sufrido. ARTÍCULO 25.- Los órganos de procuración y administración de justicia estarán obligados a proteger la privacidad y la identidad de las víctimas de la trata de personas, previendo la confidencialidad de las actuaciones. ARTÍCULO 26.- La Comisión Interinstitucional, propondrá la adopción de medidas para lograr la recuperación física, psicológica y social de las víctimas del delito de trata de personas; al efecto, podrá promover la participación de organizaciones no gubernamentales y demás actores de la sociedad civil. ARTÍCULO 27.- Las autoridades estatales, en el ámbito de sus competencias, garantizarán de manera efectiva la seguridad física de las víctimas del delito de trata de personas que se encuentren en territorio estatal. TÍTULO CUARTO DEL PROGRAMA ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y COMBATE A LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN A SUS VÍCTIMAS CAPÍTULO I CONTENIDO DEL PROGRAMA ARTÍCULO 28.- EI Programa Estatal para la Prevención y Combate a la Trata de Personas y Proteger a sus Víctimas, constituye el instrumento rector en materia de prevención, persecución del delito, así como protección y asistencia a las víctimas del delito de trata de personas. ARTÍCULO 29.- La Comisión, en el diseño del Programa Estatal, deberá incluir los siguientes aspectos: I.- Un diagnóstico estatal de la situación que prevalezca en la materia, así como la identificación de la problemática a superar; II.- Los objetivos generales y específicos del programa; III.- Las estrategias y líneas de acción del programa; IV.- Los mecanismos de cooperación interinstitucional y de enlace con instancias similares que atiendan a víctimas y que aborden la prevención; V.- Elaboración de estrategias sobre la participación activa y propositiva de la población; VI.- Los criterios de vinculación, colaboración y corresponsabilidad con la sociedad civil organizada; VII.- El diseño de campañas de difusión en los medios de comunicación, para sensibilizar a la sociedad sobre las formas de prevención y atención a víctimas; VIII.- Promover la cultura de prevención de la trata de personas y la protección a las víctimas; IX.- Generar alternativas para obtener recursos y financiar las acciones del programa; y X.- Establecer metodología de evaluación y seguimiento de las actividades que deriven de este programa, fijando indicadores para evaluar los resultados. CAPÍTULO II DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ARTÍCULO 30.- Las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley, vinculadas a la prevención, persecución del delito de trata, así como de protección y asistencia a las víctimas cooperarán entre sí, intercambiando información, a fin de fortalecer las acciones encaminadas a combatir, prevenir y sancionar la trata de personas, y asistir a las víctimas de este delito. ARTÍCULO 31.- Las autoridades Estatales y la Comisión Interinstitucional promoverán la participación ciudadana, a fin de que la población y la sociedad civil organizada: I.- Colaboren en la prevención del delito de trata de personas; II.- Participen en las campañas y en las acciones derivadas del Programa Estatal a que se refiere esta ley; III.- Colaboren con las instituciones a fin de detectar a las víctimas del delito de trata, así como denunciar a los posibles autores del delito; IV.- Denuncien cualquier hecho que resulte violatorio de lo establecido en esta ley; V.- Den parte al Ministerio Público de cualquier indicio de que una persona sea víctima del delito de trata de personas; y VI.- Proporcionen los datos necesarios para el desarrollo de investigaciones y estadísticas en la materia. ARTÍCULO 32.- Con la participación ciudadana se podrá constituir fondos de financiamiento, en los que concurran las organizaciones civiles y sociales, las instituciones académicas, grupos empresariales y agencias de cooperación, que estarán destinados para el desarrollo de proyectos en la materia. CAPÍTULO III DE LOS RECURSOS ARTÍCULO 33.- Las dependencias y entidades que constituyan la Comisión Interinstitucional, deberán incluir en sus presupuestos de egresos los rubros destinados a las acciones contra la trata de personas contempladas en el Programa Estatal. Esta obligación también comprenderá a las demás dependencias, instituciones y entidades que no siendo parte de la Comisión, deban colaborar en las acciones de prevención del delito de trata y atención a víctimas. ARTÍCULO 34.- Para financiar las acciones del Programa Estatal para Combatir y Prevenir la Trata de Personas y Proteger a sus Víctimas, el Estado podrá recibir y administrar los recursos que provengan de donaciones que realicen empresarios u organismos internacionales o de la sociedad civil, a través de la Secretaría de Hacienda, en los términos que señalan las leyes respectivas. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión Interinstitucional, así como sus Subcomisiones, deberán instalarse en los primeros sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. ARTÍCULO TERCERO.- El titular del Poder Ejecutivo Estatal contará con un plazo 90 de días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley para expedir el reglamento de la misma. ARTÍCULO CUARTO.- La Comisión Interinstitucional, una vez instalada, contará con un plazo de 90 días hábiles contados a partir de su instalación para elaborar el Programa Estatal para Combatir y Prevenir la Trata de Personas. A P E N D I C E Ley 157, B. O. No. 20, sección III, de fecha Jueves 10 de marzo de 2011. I N D I C E LEY DE PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA TRATA DE PERSONAS PARA EL ESTADO DESONORA………………………………………………………………………………………………5 TÍTULO PRIMERO……………………………………………………………………………………….5 DISPOSICIONES GENERALES………………………………………………………………………..5 CAPÍTULO ÚNICO……………………………………………………………………………………….5 DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN…………………………………………………………..5 TÍTULO SEGUNDO………………………………………………………………………………………5 DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL COMBATE A LA TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE SONORA…………………………………………….5 CAPÍTULO I……………………………………………………………………………………………….5 DE SU DENOMINACIÓN Y OBJETO………………………………………………………………….5 CAPÍTULO II………………………………………………………………………………………………6 ESTRUCTURA DE LA COMISIÓN……………………………………………………………………..6 CAPÍTULO III……………………………………………………………………………………………..7 DE LAS ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN…………………………………………………………7 CAPÍTULO IV……………………………………………………………………………………………..9 DE LAS SESIONES DE LA COMISIÓN……………………………………………………………….9 CAPÍTULO V……………………………………………………………………………………………...9 DE LAS SUBCOMISIONES……………………………………………………………………………..9 TÍTULO TERCERO……………………………………………………………………………………..10 DE LA POLÍTICA EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE VÍCTIMAS…………10 CAPÍTULO I……………………………………………………………………………………………..10 DE LA PREVENCIÓN…………………………………………………………………………………..10 CAPÍTULO II…………………………………………………………………………………………….11 DE LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS…………………………………………………………..11 TÍTULO CUARTO………………………………………………………………………………………12 DEL PROGRAMA ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y COMBATE A LA TRATA DE PERSONAS Y PROTECCIÓN A SUS VÍCTIMAS…………………………………………………..12 CAPÍTULO I……………………………………………………………………………………………..12 CONTENIDO DEL PROGRAMA………………………………………………………………………12 CAPÍTULO II…………………………………………………………………………………………….12 DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL…………………………………………………………………….12 CAPÍTULO III……………………………………………………………………………………………13 DE LOS RECURSOS…………………………………………………………………………………..13 TRANSITORIOS………………………………………………………………………………………...13

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lunes, 26 de octubre de 2015

Violencia y abandono Intrafamiliar

Este tema no pretende buscar culpables o inocentes, sino mas bien, permitir que colectivamente aprendamos todos a atacar de frente esta situación tan triste y lamentable que viven cada día, muchos hogares que nos rodean, colocando nosotros un granito de arena, podemos hacer de el mundo un mejor lugar para vivir.

  • Excusas para abandonar o violentar a la familia:
  • Hay muchas excusas que los individuos asumen para justificar sus abandonos, y sus maltratos físicos, psicológicos, y verbales, pero los más comunes son:

a)    Los esposos y esposas.
-   Es que esta es una mujer fastidiosa y celosa,
-   Es que esta es una mujer que no hace sus labores en casa,
-   Es que quiero llegar a casa a descansar y más bien esta mujer comienza a fastidiarme contándome cosas que hicieron los niños, 
-   Es que yo necesito rehacer mi vida,
-   Es que yo soy joven y necesito disfrutar mi vida, y no amarrarme con hijos,
-   Es que mu mujer no quiere que yo salga con mis amigos a disfrutar, 
-   Es que mi mujer no me atiende,
-   Es que ya no aguanto a mi marido,
-   Es que yo soy el macho de la casa, y no permito que mi mujer me domine
-   Es que yo soy el hombre, y el hombre es de la calle, etc.
b)   Los padres y madres.
- Es que yo necesito rehacer mi vida,
- Es que yo sé que mi esposa está pendiente de ellos, que ella se encargue,
- Es que yo no tengo paciencia para estar criando por eso se lo delego a otro,
- Es que mis padres están pendiente de mis hijos, yo permití que ellos se encarguen de esa responsabilidad,
- Es que no estaban en mis planes tener hijos,
- Es que yo no quería tener tantos hijos,
- Es que yo fui quien la parí, y la estoy criando a mi manera,
- Es que para eso yo pago a una cachifa, para que los atienda y vea por ellos,
- Es que yo tengo pocos recursos para cuidar a todos mis hijos, por eso tuve que cederle la custodia de mis hijos a otros familiares, amigos, padrinos, etc.
Hay muchas de estas razones, que por siglos y generaciones, han sido alimentadas por las masas, ya que son muchas las personas que piensan de esas determinadas maneras, y que aunque los profesionales expertos en diferentes áreas sociales, reconocen que esas no son razones valederas para hacer sufrir a la familia;  por el contrario, es  más bien la sociedad, quien muchas veces compuesta por un gran porcentaje de personas, sin estudios académicos culminados, sin profesión, viviendo en pobreza extrema, personas que se criaron en hogares con conductas abandonantes, son ellos quienes evalúan y dan aprobación a todas estas interminables excusas que lejos de traer solución, aumentan el índice de divorcios, maltratos, y abandonos.

  • Tipos de maltratos y abandonos.
     Tanto el maltrato como el abandono, puede darse en un hogar, de distintas maneras, algunas personas maltratan de una manera que deja huellas externas, que otros pueden ver y palpar, pero hay muchas personas que maltratan y abandonan de una manera interna y las huellas, no son visibles, ni palpables a la vista del que rodea a la persona, sino que yacen dentro del corazón, los sentimientos, pensamientos y emociones de una persona.
  • Tipos de Abandono y Maltrato Visibles:

- Te insultan,
- Te amenazan,
- Destruyen tu propiedad,
- Te sacan de la casa,
- Te golpean,
- Te niegan la comida o las cosas que necesitas,
- Te quitan lo tuyo,
- Se van de tu casa, y vuelven y se van a cada rato

- Te dejan solo, etc.

Tipos de Abandono y Maltrato Invisible:
- No te visitan,
- No te llaman
- No se preocupan por tus necesidades,
- Te ignoran de vez en cuando, 
- Muestras amor, y no te lo devuelven, 
- No agradecen tus atenciones, 
- No te dan los recursos para estudiar, y realizarte, así los haya
- Te dejan hablando solo, 
- No te prestan atención cuando estas contando lo que te preocupa o duele,
En general hay violencia en varios modos
- Física, (que maltratan tu cuerpo) 
- Psicológica, (que maltratan tus emociones, sentimientos y autoestima
- Sexuales, (que usan tu cuerpo para satisfacciones sexuales de cualquier tipo),
- Patrimoniales (que maltratan tus propiedades, o bienes en común) .
  • En general hay abandono en distintos sentidos.

- Físico, (Es cuando la
persona se va definitivamente de tu vida)
- Psicológico, (Es cuando te manipulan o intentan controlarte, amenazándote con dejarte o abandonarte  si no haces algo, o si haces ciertas cosas)
- Emocional, (Es cuando constantemente juegan con tu mente, Ej.: "te quiero, no te quiero, quiero vivir contigo, no quiero vivir contigo, eres el amor de mi vida, no eres el amor de mi vida" etc.)
- Material, (Te privan de beneficios  materiales, económicos, etc. Ej. Vivienda, dinero, ropa, calzados, etc.)
Posiblemente, podrían considerarse otros tipos de abandonos y de maltratos, pero para mayor comprensión, en este tema abordaremos los más significativos.
  • Características de los involucrados en el maltrato y abandono.

Hay muchas características bien definidas que pueden tener cada uno de los individuos que son Agresores, y hay muchas características bien definidas que tienen los individuos que son las víctimas de las agresiones, muchas de esas características pueden ser generalmente comunes y otras no necesariamente son así, sin embargo hay algunas características que sería importante resaltar:
Las Victimas de Abandono y/o maltrato
En el caso de los adultos; son personas que fueron abandonados de alguna manera, o maltratados desde su infancia, y al momento de establecer relaciones de pareja, lamentablemente, se encuentran con personas que terminan abandonándoles o maltratándoles, de la misma manera que en su hogar paterno o incluso a mayor escala.
En el caso de los niños. Por supuesto, que esta situación vendría siendo su primera experiencia, pero de no ser tratado a tiempo, todas estas situaciones, ellos pueden crecer adquiriendo características de algunos de sus padres, bien sea las características del padre o la madre abandonante y agresor, o las características del padre o madre victima de los abandonos y agresiones.
Muchas veces las personas maltratadas se sienten muy vulneradas ante estas situaciones, y crecen con sentimientos inconscientes de culpas, de rechazos, de soledad, de timidez, siempre se sienten no amadas, muchas veces intentan de hacer cosas para agradar al agresor, creyendo que mientras más le agraden más oportunidades pueden tener para hacer aceptados y apreciados.
Cuando se es niño, siempre se trata de llamar la atención del padre, de impresionarlo con nuestras acciones, y virtudes, pero en el caso de los hijos que se crían con hogares con estas características de abandono y de maltrato, tienen que esforzarse mucho más que los otros niños para intentar de impresionar y agradar a sus padres, sin embargo con el transcurso del tiempo, ellos descubren de que nada de los que hacen agrada plenamente al padre o a la madre o a ambos, sino que siempre todo se mantiene del mismo modo, y esto trae como consecuencias, sentimientos de frustración y desilusión.  Asimismo, crece se enamora, y si tiene la desdicha de encontrarse con alguien que también es abandonante y maltratador esta frustración crece aun más, y ese deseo intenso por intentar agradar a la pareja, y evitar que vuelva a hacer otra relación frustrada, se hace cada vez más fuerte y desesperante.
Una de las situaciones más preocupantes en los hogares donde la mujer es maltratada por su conyugue y es abandonada juntamente con sus hijos, es que sin duda, la mayoría, no solamente es abandonada por su conyugue lo cual ya es muy difícil y doloroso, sino que además de alguna forma, ya ella ha sido abandona y maltratada por sus padres, y ni siquiera cuenta con el apoyo de estos, para poder levantarse del abandono y maltrato de su pareja.
Los Promotores del Abandono y la Agresión
Por lo general, estos son individuos que pertenecen a una familia, donde existió algún tipo de abandono o maltrato, bien sea por parte del padre, la madre o ambos.   También puede darse que simplemente en el seno de su hogar, es aceptado este tipo de comportamiento como algo normal, y aunque no hubo abandono o maltrato de una manera considerable, se adquirieron maneras de pensar, y de tomar decisiones que dan aceptación a todo este tipo de comportamiento, siempre y cuando se usen razones "muy lógicas aparentemente", que intenten dar por justificados tales hechos.
Muchas veces las personas que tienen la tendencia a ser agresores, no experimentaron lo que es el amor de familia desde niño, y es por ello que no saben darlo, algunas veces ellos creen que no hubo rechazo, ni abandono en su hogar, porque eran abandonos o maltratos internos, pero que visiblemente aparentemente no se dejan ver, y estos continúan con su nuevo hogar, asumiendo las mismas posturas de sus padres, abuelos, vecinos, amigos, sin saber que en realidad con estas cosas le están haciendo daños permanentes a su familia, tal vez ellos no experimentaron un dolor significativo con ese estilo de vida, pero lo que ellos no saben, es que su pareja ya viene con una herida emocional desde la infancia, y ese estilo de vida, si le hace daños permanente a mayor escala, además de aumentar las heridas emocionales del pasado.
En otras ocasiones, son los padres de los individuos con características abandonantes, quienes promueven el abandono, muchas veces, estos por falta de una personalidad no bien definida, se dejan llevar por los que otros deciden por ellos, y dejan que controlen sus decisiones.

  • Abandono y maltrato. Causas justificadas por la sociedad

Hay muchas cosas que la Sociedad ha aceptado como una norma de vida que permite sancionar ciertas acciones, pero lo que no se da cuenta es que una mala actitud no se puede corregir con maltrato o abandono.
Ejemplos:
-  Una señorita, se acuesta con su novio, y queda embarazada, y la familia estaba en total desacuerdo con esa actitud
a) La echan de la casa,
b) La hacen casarse a juro con el chico, aunque no llene los requisitos de ser un buen hombre,
c) La hacen abortar, aun en contra de su voluntad, 
d) La mantienen hasta que tenga el bebe, y luego los abuelos se hacen los responsables y los representantes de los nietos, y pasan a segundo plano a los padres de la criatura,
Cada vez que se hace este tipo de acciones, están arriesgando la vida de sus hijos y nieto, porque están haciendo algún tipo de abandono.
-  Un chico, se acuesta con su novia, y la embaraza, y la familia estaba en total desacuerdo con esa actitud
a) Lo hacen separarse de la chica, 
b) Lo hacen casarse a juro, y el chico después de casarse la deja, 
c) Lo hacen convencer a la chica de abortar,
d) Los padres del chico se encargan del bebe, y alejan a la chica, para que ella no sea quien tenga la custodia del bebe.
Cada vez que se hace este tipo de acciones, están arriesgando la vida de sus hijos y nieto, porque están haciendo algún tipo de abandono.
-  Una chica, quiere casarse con su novio,  y la familia no aprueba esa relación.
a) Los padres le dan la espalda a la hija si se logra casar con el joven,
b) Los padres de la chica, ni se preocupan por visitarla o conocer acerca de ella y sus nietos, 
c) Los padres, la amenazan de que si se va con él, cuando le vaya mal no regrese, 
d) Los padres, le dicen a la joven que si se casa con él le irá mal, y luego ella verá que tenían razón, y se lo dirán te lo advertí, e) Los padres, la desheredarán, y no le dan nada de lo que le toca 
f)  Los padres, le dicen a la hija, ya te veré volver arrepentida y sufriendo y llorando pidiendo ayuda, 
g) Los padres dejan que se casen, pero no les permiten a ellos pedirles ayuda, ni involucrarlos en nada de lo que decidan, hagan, y necesiten de ahora en adelante.
Todas estas acciones, son de alguna forma una manera de rechazo, maltrato y abandono,  y si nosotros actuamos así con nosotros mismos, no podemos esperar que la otra persona a quien ellos han escogido para vivir, la traten mejor que uno mismo, por eso es que muchas de estas jovencitas y aun mujeres adultas, cargan sus problemas en silencio el resto de su vida, porque saben que de sus padres no recibirán ningún tipo de apoyo, aunque el mundo se les venga encima, porque simplemente, ya ellos la abandonaron nada mas por el hecho de haberse enamorado, de quienes a los padres no les dio la gana de que ella se enamorara, muchas de ellas se lo vayan para que no le digan en su cara te lo dije, o simplemente por orgullo, prefieren soportar el dolor y la humillación de su pareja, con tal de no ver  a sus padres, sintiéndose regocijados porque tuvieron razón de habérselo dicho.
-  Un chico, quiere casarse con su novia, y la familia estaba en total desacuerdo con esa relación:
a) Los padres, lo desheredarán, y no le dan nada de lo que le toca 
b) Los padres, se niegan a compartir con la chica que el escogió, y si tienen otras opciones, le presentan otra chica al joven para que al fin abandone a estas,
c) Los padres no se interesan por los nietos, 
d) Los padres le exigen al joven estudiar y trabajar y olvidarse de sus hijos y mujer
e) Los padres se ofrecen a ayudar al joven a criar a sus hijos, pero que deje esa mujer, etc.
No solamente el abandono es sumamente justificado en esta sociedad, sino también el maltrato, muchas veces los maltratos que se dan en los hogares son por los progenitores, quienes la sociedad los justifica, porque son ellos los que lo trajeron al mundo, quienes los criaron, quienes le dan comida., techo y vestido. En el caso de los conyugues, la sociedad, los justifica porque son hombres, porque es una sociedad machista, donde el hombre puede buscar amantes, puede pasar el día haciendo sus propias cosas sin estar pendiente de cuidar también a sus hijos, porque puede tener hijos de diferentes madres y solo conformarse con llevarle de vez en cuando un dinerito para alguna cosa que necesite, etc.  Pero, ¿quién es la sociedad? ¿Acaso, la sociedad no la conformamos todo? ¿No es realmente el verdadero problema, es nuestra manera de ver y justificar las cosas que son injustificables?. Si queremos ver una sociedad donde baje el nivel de abandono y maltrato en la familia, comencemos nosotros mismos, por cuestionar lo que es inaceptable, y por construir lo que todavía tenemos tiempo de construir.

  • Reflexiones de la sociedad en general.

Todos podemos contribuir de alguna forma, hay muchas maneras de contribuir asumiendo nuestras propias vidas, como un factor de apoyo para evitar que  esto continúe; Dependiendo de nuestros roles, profesiones, y vocaciones, podemos dar algunos de estos pasos:

- Llevar consejería familiar a los hogares, 
- Llevar charlas, y talleres a las comunidades, escuelas, etc. - Mediante los organismos competentes, realizar campañas publicitarias acerca de cómo buscar ayuda ante estos organismos, 
- Como vecinos, apoyarnos unos a otros, cuando veamos en necesidad a una familia que no sabe cómo resolver estos conflictos, - Denunciar estas agresiones, cuando veamos que el agredido se siente impotente y tiene miedo de hacerlo por el mismo, 
- Reconocer que estos no son solo problemas de marido y mujer, o de padres e hijos, sino que es un fenómeno social que nos afecta a todos,
- Reconocer que si no se ayuda a tiempo a los niños que hoy sufren en esos hogares, aumentará considerablemente en un futuro el índice de violencia, y de niños de la calle
- Hacer a Dios, el centro de nuestro hogar para que el opere los milagros que necesitamos, - Buscar ayuda en pastores, e iglesias, para que ayuden espiritualmente.
Muchas veces vemos a hombres maltratando a sus mujeres y a sus niños, o madres maltratando a sus hijos, y no hacemos nada. Otras veces, simplemente cometemos el error de decirle a una mujer que está sufriendo todo esto con sus hijos, aguanta que más se hace, a los hijos que sufren en las manos de sus padres, bueno mijo que se hace, esos son tus padres, que puedes hacer, tienes que calártelo.
Todas estas cosas, también los marca a ellos, porque aunque son niños, ellos piensan mis padres me maltratan pero también la gente es mala, porque ven que me maltratan y no nos ayudan, y estos niños pueden crecer con ese reproche hacia la gente en general, también puede pensar así una  mujer, quien está viendo que en su infancia fue muy maltratada y nadie hizo nada por ella, luego se casa, es maltratada y nadie tampoco hace nada por ella, ni por sus hijos, todas esas cosas contribuyen a que los individuos crezcan cada día, siendo amadores de sí mismo, odien a todo el mundo, no quieran que nadie se meta en sus vidas, no aceptan leyes ni reglas de nadie, y la sed de venganza crezca cada día en sus corazones.